2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 62 - Colegio de Técnicos Dentales
§ 2105. Constitución

Se constituye a los profesionales con derecho a ejercer la tecnología dental en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, siempre que la mayoría de éstos así lo acuerden en referéndum que al efecto se celebrará según se dispone más adelante, en una entidad jurídica o corporación cuasi pública bajo el nombre de “Colegio de Técnicos Dentales de Puerto Rico”, con domicilio oficial en la ciudad de San Juan.