El Gobernador de Puerto Rico podrá formalizar acuerdos con departamentos, agencias, negociados o instrumentalidades del Gobierno de Estados Unidos que se dediquen a la labor de llevar a cabo censos, para que sean éstas las que conduzcan la labor de levantamiento de los censos de manufactura y negocios, población y vivienda, agricultura y cualesquiera otros censos en Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 1 - Reglamentación de los Negocios en General
Capítulo 1 - Censos de Manufactura y Negocios
§ 1. Epoca para efectuar censos
§ 2. Acuerdos con departamentos, agencias, negociados o instrumentalidades del gobierno federal
§ 3. Información; penalidad por no suministrarla; falsa
§ 5. Penalidades con respecto a funcionarios y empleados del censo