2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo VI - Registro de Personas Convictas por Corrupción y Delitos Relacionados
§ 1886d. Deberes y obligaciones del Secretario del Departamento de Justicia de Puerto Rico

El Secretario del Departamento de Justicia de Puerto Rico será el custodio de la información contenida en el Registro de Personas Convictas por Corrupción y tendrá la responsabilidad de conservar y mantener actualizada la información contenida en el Registro de Personas Convictas por Corrupción. Además, el Departamento deberá procurar que la información del registro esté disponible electrónicamente para ser examinada por las agencias gubernamentales y por el público. Mientras ello no se logre, el Departamento divulgará la información a las personas designadas en todas las agencias y municipios del Gobierno de Puerto Rico.