(a) Los delitos establecidos en las secs. 1857 a 1857g de este título, o delitos análogos en leyes previas o posteriores;
(b) los delitos dispuestos en las secs. 1883f y 1884c de este título;
(c) las secs. 5341 a 5357 del Título 33, conocidas como “Código Penal de Puerto Rico” o delitos análogos en leyes previas o posteriores; y
(d) cualquiera de los delitos enumerados en la sec. 1472h de este título, conocida como “Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico”, cuando el delito se haya cometido en el ejercicio de una función pública o cuando hayan estado envueltos fondos o bienes públicos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico