El programa de evaluación física de estudiantes contendrá un panel evaluador adscrito al Departamento de Educación compuesto por un (1) pediatra, un (1) terapista ocupacional, un (1) profesional de la salud visual, y un (1) patólogo del habla, a los fines de examinar los resultados de evaluaciones y hacer recomendaciones de los casos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte I - Hospitales, Instituciones y Programas Sobre Salud
Capítulo 7C - Ley de Conservación de la Salud de Niños y Adolescentes
§ 183a. Responsabilidad del Director Académico
§ 183c. Programa de evaluación de trastorno emocional
§ 183d. Programa de evaluación física