2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 7C - Ley de Conservación de la Salud de Niños y Adolescentes
§ 183a. Responsabilidad del Director Académico

Se ordena a todos los directores de cada escuela pública o privada, incluyendo centros de cuido diurno y de centros de Head Start, exigir una evaluación de visión efectuada por un profesional de la salud visual con evidencia de las pruebas requeridas de acuerdo a la edad del niño, según los estándares vigentes del Título XIX del Programa de Medicaid, Título V del Programa de Madres, Niños y Adolescentes, la Academia Americana de Pediatría, la Asociación Americana de Optometría y la Academia Americana de Oftalmología.