2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo IV - Asambleas
§ 1741. Autoridad

La Asamblea General es la autoridad máxima de toda cooperativa y sus decisiones son obligatorias para la Junta de Directores, los Comités y todos los socios, presentes o ausentes, siempre que se hubiera adoptado en conformidad con la ley, las cláusulas y el reglamento.