2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Cuerpo Voluntario de Capellanes del Gobierno de Puerto Rico
§ 173f. Responsabilidades de los capellanes

(a) Proveer cuidado emocional y espiritual, además, consejería a todas las personas que experimentan necesidades físicas, emocionales, espirituales y otras necesidades en medio de una emergencia, incidente o evento.
(b) Intervenir para brindar consuelo y orientación espiritual antes, durante y después de situaciones traumáticas.
(c) Trabajar en un escenario de incidencia como parte de un equipo interdisciplinario junto al equipo de respuesta de la Agencia Estatal para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres.
(d) Mantener una atmósfera de respeto, confianza y confidencialidad de cualquier información provista por el participante. La confidencialidad se regirá dentro del marco de las leyes locales, estatales y federales.