2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 75 - Cuentas en Participación
§ 1492. Formalidades

Las cuentas en participación no estarán sujetas en su formación a ninguna solemnidad, pudiendo contraerse privadamente de palabra o por escrito y probándose su existencia por cualquiera de los medios reconocidos en derecho, conforme a lo dispuesto en la sec. 1302 de este título.