2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 7 - Comités y Comisiones
§ 140q. Premio Legislativo a la Oratoria Miguel Méndez

(a) Establecer un galardón que se denominará como “Premio Legislativo a la Oratoria Miguel Angel García Méndez” para reconocer a los ganadores de un certamen anual de oratoria auspiciado por la Asamblea Legislativa en el cual participarán estudiantes de instituciones educativas públicas y privadas de Puerto Rico en las categorías de nivel intermedia, superior, universitario subgraduado y derecho. Este galardón consistirá de una medalla de plata suspendida por una cinta del color y material adecuado establecidos por reglamento, según más adelante se dispone, y la misma contendrá una inscripción y una cita apropiada que serán seleccionadas por la Asamblea Legislativa.
(b) El “Premio Legislativo a la Oratoria Miguel Angel García Méndez” que aquí se establece será otorgado por la Asamblea Legislativa a las ganadores de un certamen anual de oratoria auspiciado por la Legislatura de Puerto Rico en el cual participarán estudiantes de instituciones educativas públicas y privadas de la Isla en las categorías de nivel intermedio, superior, universitario subgraduado y derecho.
(c) La Comisión Conjunta de Otorgamiento de Medallas y Premios de la Asamblea Legislativa recibirá nominaciones y recomendaciones sobre los estudiantes que sean acreedores a recibir esta distinción. Los candidatos seleccionados del certamen auspiciado podrán ser escogidos de entre estudiantes recomendados por cualesquiera personas a entidades públicas o privadas, o seleccionadas por la propia Comisión.
(d) La Comisión Conjunta de Otorgamiento de Medallas y Premios de la Asamblea Legislatura establecerá criterios y parámetros para la celebración del certamen y la adjudicación de los premios, dentro del reglamento que promulgará contendrá disposiciones específicas respecto a como se pondrán en vigor las disposiciones de esta sección y asesorará a la Asamblea Legislativa en cuanto a la inscripción y cita que contendrá la medalla.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 2 - Poder Legislativo

Capítulo 7 - Comités y Comisiones

§ 127. Comisión Conjunta sobre Informes Especiales del Contralor—Organización

§ 128. Comisión Conjunta sobre Informes Especiales del Contralor—Investigaciones y audiencias

§ 129. Comisión Conjunta sobre Informes Especiales del Contralor—Recomendaciones a la Asamblea Legislativa

§ 130. Comisión Conjunta sobre Informes Especiales del Contralor—Ayuda técnica y pericial; funcionarios y empleados

§ 131. Comisión Conjunta sobre Informes Especiales del Contralor—Reglas de funcionamiento; datos e información

§ 132. Comisión Conjunta sobre Informes Especiales del Contralor—Asignaciones

§ 133. Medalla de la Legislatura—Propósito

§ 134. Medalla de la Legislatura—Fundamentos de elegibilidad

§ 135. Medalla de la Legislatura—Reconocimiento póstumo

§ 137. Medalla de la Legislatura—Comisión Conjunta; procedimiento de selección

§ 140. Medalla Luis Muñoz Marín—Propósito

§ 140a. Medalla Luis Muñoz Marín—Fundamentos de elegibilidad

§ 140b. Medalla Luis Muñoz Marín—Reconocimiento póstumo

§ 140d. Medalla Luis Muñoz Marín—Comisión Conjunta; procedimientos de selección

§ 140g. Premio Legislativo al Empresario Joven—Título corto

§ 140h. Premio Legislativo al Empresario Joven—Propósito

§ 140i. Premio Legislativo al Empresario Joven—Empresa, definición

§ 140k. Premio Legislativo al Empresario Joven—Comisión Conjunta; creación y composición

§ 140l. Premio Legislativo al Empresario Joven—Comisión Conjunta; nombramiento y cualificación de candidatos

§ 140p. Medalla a la Juventud Rafael Hernández Colón

§ 140q. Premio Legislativo a la Oratoria Miguel Méndez

§ 140r. Premio Legislativo al Servidor Público

§ 140s. Premio Legislativo al Servidor Público en el campo de la niñez

§ 140t. Premio Anual de la Asamblea Legislativa al Activismo Cooperativo

§ 140u. Premio a la Re-educación Ciudadana

§ 140v. Premio de la Cámara de Representantes para el Desarrollo y Fortalecimiento de la Industria Puertorriqueña de Radio y Televisión, Don Luis Vigoreaux