(1) Auditoría o auditoría de desperdicios.— Significa el proceso de evaluación que se realiza en una planta para examinar el potencial que existe en ella, implantar modificaciones a su proceso de manejo de desperdicios peligrosos, estudiar modificaciones en el proceso de producción y sustituir materiales o prácticas de manejo más eficientes que puedan ponerse en práctica.
(2) Desperdicios peligrosos.— Significa desperdicio o combinación de desperdicios que debido a su cantidad, toxicidad, concentración o características físicas, químicas o infecciosas podrían:
(a) Causar o contribuir significativamente a un aumento en la mortalidad o a un aumento en enfermedades serias e irreversibles o incapacitantes pero reversible.
(b) Representar un peligro sustancial o potencial a la salud humana o al ambiente cuando son manejados, tratados, almacenados, transportados o se dispone de ellos en forma impropia. Se considerará como desperdicio peligroso cualquier desperdicio designado como tal en la Parte 261, Número 40 del Código de Reglamentos Federales, 40 C.F.R. Part 261, y/o listado como tal por la Junta de Calidad Ambiental.
(3) Generador.— Significa cualquier persona, natural o jurídica, cuyos actos o procesos produzcan desperdicios peligrosos o cuya acción ocasiona, en primera instancia, que un desperdicio peligroso esté sujeto a disposiciones bajo la Ley Núm. 9 de 18 de junio de 1970, conocida como “Ley sobre Política Pública Ambiental”, y sujeto a la reglamentación para el control de los desperdicios sólidos peligrosos de la Junta de Calidad Ambiental o todo aquel que maneje sustancias enumeradas en la Parte 261, Número 40 del Código de Reglamentos Federales, 40 C.F.R. Part 261.
(4) Fuente.— Significa cualquier proceso o acto que genere desperdicios peligrosos.
(5) Junta.— Significa la Junta de Calidad Ambiental.
(6) Manejo de desperdicios peligrosos.— Significa el control sistemático de la recolección, separación en la fuente, almacenamiento, transportación, procesamiento, tratamiento, recuperación, reutilización y disposición de desperdicios peligrosos.
(7) Programa.— Significa [el] Programa de Asistencia Técnica para el Manejo de los Desperdicios Peligrosos.
(8) Reducción en su origen.— Significa eliminación de desperdicios en su origen, usualmente dentro del proceso de producción, incluyendo modificaciones en el procedimiento, sustitución de materia prima, mejoramiento en la pureza de la materia prima, práctica de aseo y manejo, aumento en la eficiencia de la maquinaria y la recirculación en el lugar, o cualquier acción que reduzca la cantidad o toxicidad de los desperdicios que se producen en el proceso.
(9) Autoridad.— Significa la Autoridad de Desperdicios Sólidos.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 5 - Calidad Ambiental
Capítulo 127B - Programa Estatal de Asistencia Técnica para el Manejo de Desperdicios Peligrosos
§ 1321c. Funciones del Programa
§ 1321e. Responsabilidad de la Junta
§ 1321f. Plan de reducción de desperdicios peligrosos—Guías
§ 1321g. Plan de reducción de desperdicios peligrosos—Diseño
§ 1321h. Plan de reducción de desperdicios peligrosos—Generadores
§ 1321i. Plan de reducción de desperdicios peligrosos—Revisión por la Junta
§ 1321j. Informe de progreso semestral