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La licencia sabática podrá concederse por un período mínimo de un (1) semestre y un período máximo de un (1) año escolar.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
2020 Laws of Puerto Rico
Título 18 - Educación
Parte III - Actividades Educativas en General
Capítulo 83 - Licencias Sabáticas
§ 1271. Programa; establecimiento
§ 1272. Elegibilidad
§ 1273. Miembros incluidos
§ 1274. Reglamentos
§ 1275. Determinación de elegibilidad
§ 1276. Término de licencia
§ 1277. Informe sobre trabajo realizado
§ 1279. Proporción de licencias concedidas