Se considerarán miembros del sistema escolar dedicados a la enseñanza a todos los maestros del salón de clase, a los directores y directores auxiliares, a los superintendentes y auxiliares, a los técnicos de currículo, a los supervisores, a los directores de los diferentes programas docentes y a los maestros de cualquier otra categoría que el Departamento de Educación determine que son parte integrante del personal docente.