Los originales de las licencias de matrimonio, de la declaración jurada prestada por los contrayentes, así como la certificación de la celebración de matrimonio y cualquier otro documento que haya sido necesario presentar para la celebración del mismo, se enviarán al Departamento de Salud por el encargado del Registro no más tarde del quinto día del mes siguiente a aquel en que fueren recibidos para ser archivados y conservados. El Secretario de Salud hará que los mismos sean examinados cuidadosamente y en caso de que alguno de ellos apareciera incompleto o defectuoso, requerirá la información adicional necesaria a fin de que dicho récord resulte completo y satisfactorio.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte IV - Registro Demografico
Capítulo 89 - Matrimonios y Divorcios
§ 1161. Inscripción del matrimonio en el distrito donde fue celebrado
§ 1163. Entrega al encargado del Registro de licencia matrimonial, declaración jurada y certificado
§ 1164. Transcripción de certificación de matrimonio
§ 1165. Información para documentos de matrimonio
§ 1166. Originales de documentos de matrimonio al Secretario de Salud