Se faculta al Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales para expedir órdenes de hacer o no hacer, cesar y desistir y mostrar causa, la celebración de vistas investigativas y adjudicativas y la imposición de multas administrativas hasta un máximo de veinticinco mil dólares ($25,000) por infracciones a este capítulo, sus reglamentos o las órdenes emitidas al amparo de éste. Cualquier decisión administrativa del Secretario podrá ser revisada por el Tribunal de Circuito de Apelaciones.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico