(a) La elección de las personas, así como la distribución de las cantidades, que deje en general a determinadas clases formadas por un número ilimitado de individuos; y
(b) la elección de los actos de beneficencia o de los establecimientos públicos o privados a los cuales deban adjudicarse los bienes.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 11 - La Sucesión por Causa de Muerte
Parte IV - La Sucesión Testamentaria
Capítulo 757 - La Institución Testamentaria
Subcapítulo I - La Institución de Herederos
§ 11301. La institución de herederos; definición
§ 11302. Testamento sin institución de herederos
§ 11304. Alcance de las prohibiciones
§ 11305. Institución sin designación de partes
§ 11309. Error en la identificación
§ 11311. Reciprocidad en la sustitución