La PyME elegible podrá suscribir un acuerdo con la Compañía en cualquier momento durante la vigencia de esta ley, siempre y cuando cumpla con todos los procedimientos, términos y condiciones aplicables dispuestos en la ley y el reglamento, y sujeto a la disponibilidad de fondos para los incentivos provistos por la misma. La cantidad de incentivos a concederse dependerá de los recursos y fondos disponibles de asignaciones de la Asamblea Legislativa para estos propósitos, y cuya determinación final recaerá exclusivamente en la CCE como administradora del programa de incentivos dispuesto por este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Parte IX - Fomento Económico II
Capítulo 257 - Ley de Incentivos para la Generación y Retención de Empleos en PyMEs
Subcapítulo III - Disposiciones Procesales
§ 11131. Autorización para entrar en acuerdos para la creación o retención de empleos
§ 11133. Acuerdo para la creación o retención de empleos