(a) El Secretario de Desarrollo establecerá, en consulta con el Secretario de Hacienda, mediante reglamento o carta circular, las guías para la interpretación e implementación de este capítulo. Dichos reglamentos estarán sujetos a las disposiciones de las secs. 9601 et seq. del Título 3, conocidas como la “Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme de Puerto Rico”. Hasta tanto no se hayan promulgado los reglamentos por este capítulo, las disposiciones de este capítulo serán ejecutables por sí mismas y no dependerán de la aprobación de los reglamentos. Hasta tanto no se promulgue dicho reglamento, las disposiciones de la sec. 11008 de este título relacionadas a multas por incumplimiento, revocación y modificación de un decreto no serán ejecutables por sí mismas.
(b) Las cartas circulares emitidas bajo las disposiciones de este capítulo deberán llevar la firma del Secretario de Desarrollo, fecha de aprobación, fuente legal y ser publicadas en la página de Internet de la Corporación de Cine.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Parte IX - Fomento Económico II
Capítulo 251 - Ley de Incentivos Económicos para la Industria Fílmica de Puerto Rico
Subcapítulo VIII - Disposiciones Misceláneas
§ 11008. Denegación, revocación y limitación de beneficios
§ 11008a. Decisiones administrativas; finalidad
§ 11008b. Relación con otras leyes
§ 11008c. Reglamentos y cartas circulares bajo este capítulo