2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 31 - Revitalización de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico
§ 1092. Declaración de política pública

Asegurar la prestación de los servicios de agua y alcantarillados a nuestra población, cumpliendo con los más altos estándares de calidad y eficiencia, es un compromiso impostergable e insustituible para el Gobierno. Por tal motivo, se hace necesario brindar mecanismos que permitan a la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico contar con los recursos para continuar desempeñando, ahora y en el futuro, el rol imprescindible de velar y garantizar el servicio esencial que representa la distribución de agua potable, así como de los servicios de alcantarillados. Por todo lo anterior, se declara como política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico el proveer, a través de este capítulo, de las herramientas necesarias para que la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico pueda maximizar su potencial como entidad, impulsar con su ejecución el desarrollo económico de nuestra sociedad y cumplir con su misión social para con nuestros ciudadanos. Nada de lo dispuesto en este capítulo, en acuerdos futuros con los acreedores de la Autoridad o en cualquier negocio legítimo de la Corporación previo y subsiguiente a la vigencia de esta ley, genera ni generará vínculos u obligaciones entre los clientes o el Estado Libre Asociado de Puerto Rico con los acreedores de la Corporación y la Autoridad.