2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo VII - Efectos de la Fianza Entre el Fiador y el Fiado
§ 10611. Subrogación

El fiador que cumple con su prestación queda subrogado en los derechos del acreedor. Al pedir el reembolso de lo que ha pagado, puede exigir también los intereses desde el día del pago y los perjuicios que ha sufrido al realizar el pago. Cuando el fiador ha transigido con el acreedor, no puede pedir al fiado más de lo que realmente ha pagado.