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El depositario puede retener la cosa depositada hasta el completo pago de lo que se le deba por razón del depósito.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
2020 Laws of Puerto Rico
Título 31 - Código Civil
Subtítulo 10 - Los Contratos y Otras Fuentes de las Obligaciones
Parte II - Los Contratos en Particular
Capítulo 708 - El Depósito
Subcapítulo II - Obligaciones del Depositario y el Depositante
§ 10521. Obligaciones del depositario
§ 10522. Obligaciones del depositante
§ 10523. Derecho de retención