(a) Después de oír el testimonio de testigos en corte abierta (con oportunidad de contrainterrogatorio) en apoyo de las alegaciones de una demanda hecha bajo juramento, y en oposición a la misma si se ofreciere; y
(b) después que el tribunal haya realizado determinaciones de hecho a los efectos de:
(1) Que se ha amenazado cometer actos ilegales o torticeros o de fraude o violencia, a menos que se impidan, pero no se expedirá ningún injunction u orden de entredicho temporal por razón de amenaza o acto alguno ilegal o torticero o de fraude o violencia, excepto contra la persona o personas o la asociación u organización que hiciere la amenaza o cometiere el acto ilegal o torticero o de fraude o violencia o que autorizare o ratificase dicho acto después de tener conocimiento real del mismo;
(2) que habrán de resultar daños sustanciales e irreparables al querellante;
(3) que en cuanto al remedio solicitado para cada alegación resultaría mayor perjuicio para el querellante negándosele el remedio que el que habría de resultar para los querellados si se concediera el remedio;
(4) que el querellante no tiene ningún otro recurso adecuado en derecho; y
(5) que los funcionarios públicos encargados con el deber de proteger la propiedad del querellante no pueden o no están dispuestos a proporcionar la protección adecuada.
(c) que en cuanto al remedio solicitado para cada alegación resultaría mayor perjuicio para el querellante negándosele el remedio que el que habría de resultar para los querellados si se concediera el remedio;
(d) que el querellante no tiene ningún otro recurso adecuado en derecho, y
(e) que los funcionarios públicos encargados del deber de proteger la propiedad del querellante no pueden o no están dispuestos a proporcionar la protección adecuada.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte I - Disposiciones Sobre el Trabajo en General
Capítulo 5 - Injunctions en Disputas Obreras
§ 101. Limitación de la facultad de los tribunales para expedir injunction
§ 102. Actos específicos exentos de órdenes de entredicho o de injunction
§ 103. Combinación o conspiración ilegal para realizar actos concertadamente
§ 104. Responsabilidad por actos de funcionarios o miembros de organizaciones
§ 105. Fundamentos para expedir injunctions; vistas; orden de entredicho temporal; fianza
§ 106. Buena fe del querellante como requisito previo a obtener remedio
§ 107. Conclusiones de hechos como base para injunction; orden limitada a prohibición