2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 41 - Documentos Públicos, Administración de; Archivo General
§ 1016. Funcionamiento del Archivo Histórico

La dirección administrativa del Archivo Histórico recaerá en un Director Ejecutivo quien será nombrado en consenso por los Presidentes(as) de ambos Cuerpos Legislativos y fungirá como tal por un término de diez (10) años. La persona a designarse como Director(a) Ejecutivo(a) deberá tener amplio conocimiento del funcionamiento de la Asamblea Legislativa, así como estudios graduados en Historia, Humanidades, Ciencias Sociales, Ciencias Políticas o Ciencias Bibliotecarias o campos relacionados, o en su defecto, una combinación de estudios y experiencia en dichas áreas combinada de cuatro (4) años. De igual forma, podrá cumplir los requisitos de estudios y experiencias con la acreditación de haber publicado obras relativas al ámbito de la legislación u ocupado posiciones de carácter administrativo o legislativo en la Asamblea Legislativa. El(la) Director(a) devengará el salario que establezcan los Presidentes de los Cuerpos Legislativos. El Director de la Oficina de Servicios Legislativos, en coordinación con la Superintendencia del Capitolio, le proveerá al Director Ejecutivo el espacio físico para lograr los propósitos de las secs. 1014 a 1023 de este título, y además de aquéllos existentes, proveerá los recursos humanos que necesite para la consecución de las secs. 1014 a 1023 de este título.