Los asuntos criminales en los que de acuerdo a la ley pueden entender las sesiones o secciones apelativas del Tribunal de Primera Instancia, se seguirán tramitando en el Tribunal de Primera Instancia, según sea el caso, de la misma forma que hasta el presente, de acuerdo al Reglamento del Tribunal de Primera Instancia y a las Reglas de Procedimiento Criminal vigentes.