2020 Laws of Puerto Rico
XI. Reglas de Procedimiento y de Administración para la Constitución y Funcionamiento de la División de Apelaciones del Tribunal de Primera Instancia (1974)
Regla 6. Publicación

Las opiniones que se emitan por una sesión o sección apelativa en que se resuelvan importantes cuestiones de derecho serán publicadas, previa la aprobación del Juez Presidente o de la persona en quien éste delegue, como apéndice de la obra “Decisiones de Puerto Rico”, y/o en aquella otra publicación que el Juez Presidente determine.