El recurso de certiorari para revisar sentencias, resoluciones, dictámenes y órdenes de una sesión o sección apelativa que esté disponible a las partes de acuerdo a la ley, se tramitará ante el Tribunal Supremo de la misma forma y manera que si la sentencia, resolución, dictamen u orden hubiese sido dictada por una Sala del Tribunal de Primera Instancia, siendo aplicable a tal procedimiento las disposiciones del Reglamento del Tribunal Supremo y las Reglas de Procedimiento Criminal pertinentes.