El tribunal ante el cual se encuentra pendiente la acción tendrá la facultad para ordenar la cancelación de la anotación preventiva de embargo, previa la celebración de una vista y la prestación de una fianza en la cuantía que estime razonable, tomando en cuenta la probabilidad de prevalecer la parte actora, el valor de la propiedad o derecho concernido y las demás circunstancias del caso.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
V. Reglas de Procedimiento Civil de 2009
IX. REMEDIOS PROVISIONALES, RECURSOS EXTRAORDINARIOS Y PROCEDIMIENTOS LEGALES ESPECIALES
Regla 56 - Remedios Provisionales
Regla 56.1. Principios generales
Regla 56.5. Orden para hacer o desistir de hacer
Regla 56.6. Síndicos o Síndicas
Regla 56.7. Cancelación de la anotación preventiva de embargo
Regla 56.8. Cumplimiento de una orden que concede un remedio provisional