(a) Requerimiento de admisión.— A los efectos de la acción pendiente únicamente, una parte podrá requerir por escrito a cualquier otra parte que admita la veracidad de cualesquiera materias dentro del alcance de la Regla 23.1 de este apéndice contenidas en el requerimiento, que se relacionen con cuestiones de hechos u opiniones de hechos o con la aplicación de la ley a los hechos, incluyendo la autenticidad de cualquier documento descrito en el requerimiento. Se notificarán copias de los documentos conjuntamente con el requerimiento, a menos que hayan sido entregadas o suministradas para inspección y copia. El requerimiento podrá notificarse, sin el permiso del tribunal, a la parte demandante luego de comenzado el pleito y a cualquier otra parte luego de haber transcurrido el término de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su emplazamiento. Si la parte demandada inicia cualquier tipo de descubrimiento dentro del referido plazo, dicha limitación no será de aplicación.
(b) Efecto de la admisión.— Cualquier admisión hecha en conformidad con esta regla se considerará definitiva, a menos que el tribunal, previa moción al efecto, permita el retiro o enmienda de la admisión. Sujeto a lo dispuesto en la Regla 37 de este apéndice, que regula las enmiendas de una orden dictada en conferencia con antelación al juicio, el tribunal podrá permitir el retiro o enmienda de la admisión si ello contribuye a la disposición del caso en sus méritos y la parte que obtuvo la admisión no demuestra al tribunal que el retiro o la enmienda afectará adversamente su reclamación o defensa. Cualquier admisión de una parte bajo estas reglas sólo surtirá efecto a los fines del pleito pendiente y no constituirá una admisión de dicha parte para ningún otro fin, ni podrá ser usada en su contra en ningún otro procedimiento.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
V. Reglas de Procedimiento Civil de 2009
V. PROCEDIMIENTOS ANTERIORES AL JUICIO
Regla 23 - Disposiciones Generales Respecto al Descubrimiento de Prueba
Regla 24 - Deposiciones Antes de Iniciarse el Pleito o Durante la Apelación
Regla 25 - Personas Ante Quienes Podrán Tomarse Deposiciones
Regla 26. Estipulaciones Referentes a Deposiciones y Otros Métodos de Descubrimiento
Regla 27 - Deposiciones Mediante Examen Oral
Regla 28 - Deposiciones Mediante Preguntas Escritas
Regla 29 - Uso de las Deposiciones en los Procedimientos Ante el Tribunal
Regla 30 - Interrogatorios a las Partes
Regla 31 - Descubrimiento de Documentos y Objetos Para Ser Inspeccionados, Copiados o Fotografiados
Regla 32 - Examen Físico y Mental de Personas
Regla 33. Requerimiento de Admisiones
Regla 35 - Oferta de Sentencia y de Pago