(1) Se elaborará un plan anual de adiestramiento basado en las necesidades de la Rama Judicial. En el desarrollo del plan de adiestramiento la Rama Judicial utilizará sus propios recursos u otros recursos disponibles, tales como: universidades, escuelas, otras agencias gubernamentales y privadas, y otros recursos de la comunidad. Los recursos serán pagados de acuerdo con los fondos disponibles para fines de adiestramiento.
(2) Todo nuevo funcionario o empleado recibirá orientación general que le provea información sobre los programas, actividades, ambiente de trabajo y sobre otros aspectos de la Rama Judicial.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico