2020 Laws of Puerto Rico
VI. Reglas de Conducta y Eficiencia para los Alguaciles y Alguaciles Auxiliares del Tribunal de Primera Instancia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
Regla 3. Parcialidad; demostraciones de amistad

El alguacil no debe dar lugar, durante el curso de un juicio o de cualquier procedimiento judicial, a la impresión de que actúa con parcialidad en favor de cualquiera de las partes ni hacer demostraciones de amistad que puedan ser mal interpretadas. Su misión en sala es la señalada por la ley y las reglas del tribunal. Las reglas en cuanto a la comparecencia o permanencia en sala de acusados, denunciantes o perjudicados y testigos deben observarse estrictamente.