2020 Laws of Puerto Rico
VI. Reglas de Conducta y Eficiencia para los Alguaciles y Alguaciles Auxiliares del Tribunal de Primera Instancia del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
Regla 19. Intervención en procedimientos en que estuviere interesado

El alguacil no debe intervenir en ningún procedimiento judicial en el cual estuviere directa o indirectamente interesado. Un alguacil, por el hecho de serlo, no debe estar en mejor ni en peor situación que cualquier otro ciudadano para litigar sus derechos.