(1) Director Administrativo o Directora Administrativa de los Tribunales;
(2) Director ejecutivo o directora ejecutiva de la Sociedad para Asistencia Legal;
(3) Director ejecutivo o directora ejecutiva de una entidad sin fines de lucro en Puerto Rico que ofrece servicios legales gratuitos a personas indigentes en procedimientos de naturaleza civil;
(4) Director o directora de una clínica de asistencia legal de una de las facultades de Derecho en Puerto Rico;
(5) Dos (2) Jueces Administradores o Juezas Administradoras, nombrados o nombradas por el Juez Presidente o la Jueza Presidenta del Tribunal Supremo;
(6) Un o una (1) representante del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico;
(7) Un o una (1) representante de la Asociación de Abogados de Puerto Rico, y
(8) Un o una (1) representante del Colegio de Notarios de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 4 - Apéndices Reglas del Tribunal
XXXVIII. Reglamento para la Asignación de Abogados y Abogadas de Oficio de Puerto Rico
Parte VII - Evaluación Continua Del Sistema De Asignación De Oficio
Regla 20. Deberes de la Oficina de Administración de los Tribunales
Regla 21. Deberes de los Jueces Administradores y de las Juezas Administradoras
Regla 22. Creación de la Comisión Permanente para la Evaluación del Sistema de Oficio