La acumulación indebida de partes no constituirá motivo para desestimar un pleito. Cualquier parte podrá ser incluida o eliminada por orden del tribunal, a iniciativa de éste o a moción de parte en cualquier estado del procedimiento, bajo las condiciones que sean justas. Cualquier reclamación contra una parte puede ser separada y proseguirse independientemente.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
V. Reglas de Procedimiento Civil de 2009
Regla 16 - Acumulación Indispensable de Partes
Regla 17 - Acumulación Permisible de Partes
Regla 18. Acumulación indebida de partes
Regla 19. Procedimientos para obligar a partesreclamantes adversas a litigar entre sí