2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 45 - Ley de la Revisión e Implementación de Reglamentos Administrativos
§ 986. Notificación

(a) La Comisión notificará su determinación a la entidad de la Rama Ejecutiva y a la Asamblea Legislativa por escrito;
(b) La notificación deberá ser entregada por lo menos cinco (5) días previo a cualquier vista pública de la entidad de la Rama Ejecutiva para la consideración de la regla propuesta, o en caso de tratarse de una regla aprobada deberá notificarse inmediatamente luego de emitida la resolución correspondiente; y
(c) Deberá contener una declaración de los hallazgos de la Comisión, así como los fundamentos para la determinación.