2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 43 - Ley del Deporte de Automovilismo en Puerto Rico
§ 925. Cancelación de licencias y sanciones

(a) La pista opera sin haber obtenido la correspondiente licencia para ello.
(b) La persona participa como conductor en carreras de vehículos de motor, sin haber obtenido la correspondiente licencia para ello.
(c) Si la licencia se obtiene mediante fraude, engaño o falsificación.
(d) Si el portador de la licencia de pista o de la licencia de piloto no cumple con cualquier requisito establecido en este capítulo o en los reglamentos adoptados por la Junta.
(e) Si incumple con cualquiera de los reglamentos deportivos aplicables.