2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 68 - Corporación para la Administración de la Sindicatura del Banco Obrero
§ 853. Poderes

(a) Adoptar los reglamentos que estime necesarios para la administración de sus asuntos y negocios y prescribir reglas, reglamentos y normas en relación con el ejercicio de sus funciones y deberes.
(b) Promulgar y adoptar un sello oficial y alterarlo a su conveniencia.
(c) Mantener una oficina en el municipio de San Juan y en cualquier otro lugar que estime necesario.
(d) Demandar y ser demandada bajo su propio nombre.
(e) Actuar como síndico, y en tal capacidad ejercer todos los poderes, facultades y prerrogativas que a tal efecto le concedan cualesquiera leyes aplicables.
(f) Tomar dinero a préstamo.
(g) Actuar como agente del Secretario de Hacienda para la liquidación de otros activos que éste le entregue para tal propósito.
(h) Ejercitar los poderes que le han sido conferidos por ley y realizar cualquier acción que estime necesario, conveniente o deseable para llevar a cabo los mismos.