2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 38 - Internado Legislativo de la Asamblea Legislativa
§ 829. Fondos

Los fondos necesarios para poner en efecto las disposiciones de este capítulo y para su implantación en años subsiguientes serán consignados en la Resolución Conjunta del Presupuesto General de Gastos del Gobierno de Puerto Rico, en una partida separada, bajo el renglón de Actividades Conjuntas de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico; la referida cantidad se asignará y revisará anualmente según lo ameriten las necesidades del Programa de Internados Legislativos de la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, en caso que dichas necesidades sean mayores.