2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo I - Ocupación y Hallazgo
§ 7963. Adquisición por ocupación

Se adquieren por ocupación los bienes apropiables por su naturaleza, las cosas muebles abandonadas, el aire, las aguas pluviales y las energías provenientes de la luz solar o el viento, entre otras; con las excepciones que puedan derivar de las normas destinadas a su identificación, protección o preservación.