(a) Para investigar las condiciones de vivienda en el municipio, a fin de determinar las viviendas que en el mismo son inadecuadas para seres humanos;
(b) para tomar juramentos y afirmaciones, examinar testigos y recibir evidencia;
(c) para entrar en cualquier sitio con el fin de realizar inspecciones; Disponiéndose, que los medios y formas para realizar tales inspecciones cause el menor inconveniente posible a las personas que los ocupen;
(d) para solicitar los recursos, incluyendo los recursos humanos, que considere necesarios para llevar a cabo sus funciones; y
(e) para delegar cualquiera de las funciones y poderes, conferidas, mediante ordenanza, en aquellos funcionarios y agentes que él designe.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 8 - Código Municipal de Puerto Rico
Parte IV - Procesos Municipales y Gestión Comunitaria
Capítulo 339 - Procesos para la Reparación y Eliminación de Viviendas Inadecuadas
§ 7651. Política pública sobre vivienda
§ 7652. Contenido de la ordenanza