(a) Saber leer y escribir.
(b) Estar domiciliado y ser elector cualificado del municipio correspondiente.
(c) Ser ciudadano de Estados Unidos de América y ser domiciliado del municipio que aspira por los pasados seis (6) meses antes de radicar su candidatura.
(d) No haber sido convicto de delito grave ni de delito menos grave que implique depravación moral.
(e) No haber sido destituido de cargo o empleo por conducta impropia en el desempeño de sus funciones.
(f) No haber sido declarado mentalmente incapacitado por un tribunal competente.
(g) Tener dieciocho (18) años de edad o más.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 8 - Código Municipal de Puerto Rico
Capítulo 303 - Poderes y Facultades de la Legislatura Municipal
§ 7042. Requisitos para el cargo de Legislador Municipal
§ 7043. Elección de la Legislatura Municipal
§ 7044. Normas generales de ética de los Legisladores Municipales
§ 7047. Muerte o incapacidad permanente de Legislador Municipal
§ 7049. Separación del cargo de Legislador Municipal
§ 7051. Procedimientos para cubrir vacantes