2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo III - Fideicomiso
§ 673g. Administración del Fondo Permanente

(a) Incorporados bajo las leyes de los Estados Unidos de América o del Gobierno de Puerto Rico.
(b) Sujetos a la supervisión y examen de las autoridades bancarias o de instituciones de depósitos federales o del Gobierno de Puerto Rico.