2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Museo del Capitolio Estatal de Puerto Rico
§ 672j. Uso

El Museo será el centro de acopio, de conformidad con lo dispuesto en este subcapítulo, así como un lugar de exhibición para la promoción del turismo, tanto interno como externo, y centro de investigaciones propias de la museología, que estimulen el mejor conocimiento de la Asamblea Legislativa.