El certificado médico debe presentarse en el Registro Demográfico dentro del plazo de diez (10) días contados a partir de su expedición, para la obtención de la licencia matrimonial. Dicho certificado médico se archivará en el Registro Demográfico y no podrá utilizarse para negar la licencia de matrimonio o impedir su celebración.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 7 - Las Instituciones Familiares
Capítulo 481 - Constitución del Matrimonio
Subcapítulo II - Formalidades del Acto y Expediente Matrimonial
§ 6611. Requisitos de forma del matrimonio
§ 6612. Exámenes médicos requeridos
§ 6613. Deber de informar sobre resultado de exámenes médicos
§ 6614. Prueba de la identidad del contrayente
§ 6615. Alcance del certificado médico