2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo IV - Reto Demográfico
§ 66. Comité Multisectorial y Multidisciplinario de gobierno, academia, y empresa privada (Comité)—Creación, composición y funciones

(a) Se crea el Comité Multisectorial y Multidisciplinario de gobierno, academia, y empresa privada (Comité).
(b) El Comité deberá esbozar un plan de trabajo integral y comprensivo para enfrentar el reto demográfico.
(c) El Comité estará adscrito a la Junta de Planificación, quien lo presidirá.
(d) El Comité estará compuesto por un representante de las siguientes agencias gubernamentales, organizaciones profesionales y educativas:
(1) Junta de Planificación;
(2) Departamento de Salud.
(3) Departamento de la Familia.
(4) Departamento de la Vivienda.
(5) Departamento de Educación.
(6) Colegio de Contadores Públicos Autorizados.
(7) Colegio de Ingenieros y Agrimensores.
(8) Colegio de Médicos Cirujanos.
(9) Colegio de Trabajadores Sociales.
(10) Escuela de Salud Pública de la Universidad de Puerto Rico, Programa de Gerontología.
(11) AARP—Capítulo de Puerto Rico.
(12) Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada.
(13) Oficina de Gerencia y Presupuesto.
(14) Colegio de Abogados de Puerto Rico.
(15) Instituto de Estadísticas de Puerto Rico.
(16) Programa Graduado de Demografía del Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico.
(e) La encomienda principal del Comité será esbozar el referido plan de trabajo encaminado a identificar e implantar las medidas necesarias para el desarrollo del Puerto Rico del año 2020, atendiendo las necesidades de su composición demográfica. El Comité presentará un plan intermedio en o antes del 30 de marzo de 2015, el cual habrá de tener información preliminar sobre todos los datos y estadísticas recopiladas y analizadas por el Comité hasta esa fecha. Tal información pasará a ser parte del Informe final del año 2020, el cual será presentado al país en o antes del 30 de junio de 2020.
(f) La Junta de Planificación, el Departamento de Salud y el Departamento de la Familia serán las agencias gubernamentales ejes para el desarrollo del plan de trabajo dirigido a atender la problemática demográfica.
(g) El Comité tendrá que realizar aplicaciones de proyección poblacional, tales como: proyección de población escolar, proyección de población de edad avanzada y proyección de población civil no institucional de dieciseis (16) años de edad o más. Además, desarrollará metodologías que vayan dirigidas a realizar otro tipo de proyecciones, tales como: proyección del hogar, proyección de familias y proyección de unidades de vivienda.