2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo III - Extinción y Prescripción de Hipotecas
§ 6163. Hipotecas con más de veinte (20) años de vencidas o constituidas

(1) Que del Registro no conste la interposición de demanda o procedimiento alguno en cobro o ejecución del gravamen hipotecario.
(2) Que del Registro tampoco conste que a pesar del tiempo transcurrido, dicho gravamen se mantiene subsistente en virtud de cualquier reclamación, acto o reconocimiento que signifique la subsistencia de la hipoteca, por suspensión o interrupción de la prescripción liberatoria, u otra causa cualquiera.