2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 5 - Idiomas Oficiales
§ 59c. Documentos

No podrá anularse ningún documento público o privado por razón de que estuviese expresado en uno o el otro de los idiomas oficiales de Puerto Rico, conforme a lo dispuesto en las secs. 59 a 59f de este título, o lo que por ley especial se dispone.