2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 47 - Registro de Personas Convictas por Delitos Sexuales y Abuso contra Menores
§ 536f. Publicación del Registro a través del Internet y prensa escrita

(a) La identidad de la víctima.
(b) El seguro social del ofensor sexual.
(c) Cualquier referencia a arrestos del ofensor sexual que no resultaron en convicción.
(d) El número de pasaporte del ofensor sexual o de su documento de inmigración.
(e) La dirección de Internet (website), el correo electrónico del ofensor sexual y el nombre de usuario (username) que éste utilice como identificación en redes sociales.
(f) Cualquier otra información exceptuada de publicación, según disponga mediante reglamentación el Sistema.