2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 27 - Coliseo Público de Ponce
§ 532. Coliseo Público de Ponce—Planificación

La planificación del Coliseo Público de Ponce se hará bajo la dirección y supervisión del Presidente de la Junta de Directores de la Compañía de Fomento Recreativo de Puerto Rico, pero conforme a los acuerdos y determinaciones que se tomen por la Junta Provisional de Coliseo Público de Ponce creada por las secs. 531 a 537 de este título.