El Departamento de Salud de Puerto Rico y la Oficina del Procurador del Paciente le darán publicidad a esta Carta de Derechos. También tendrán la responsabilidad de orientar y educar a los profesionales de la salud, al paciente y a la comunidad en general sobre lo establecido en esta Carta de Derechos, mediante material informativo el cual deberá estar disponible en ambas agencias y radicarán anualmente a través de la Secretaría de ambos Cuerpos Legislativos, respectivamente, un informe sobre la implantación de la misma.