2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo V - Escalamientos y Otras Entradas Ilegales
§ 5265. Escalamiento agravado

(a) En un edificio ocupado, o en cualquier otro lugar donde la víctima tenga una expectativa razonable de intimidad;
(b) en aquella propiedad asignada por el gobierno para brindar vivienda pública, o
(c) cuando medie forzamiento para la penetración.